miércoles, 20 de julio de 2016

Transformación de Conflictos

Transformación de Conflictos

El origen histórico de la resolución de conflictos se remonta al origen mismo de la humanidad, por lo que su génesis es la de la vida en comunidad.
Existen fragmentos filosóficos presocrático como los de Heráclito y Aristóteles donde se ha traducido que el conflicto es el promotor del cambio y a su vez es consecuencia de este.1 y simplemente se necesitan dos seres, ya que el conflicto se caracteriza por la dualidad adversario – adversario. En la actualidad se acepta que los conflictos son de naturaleza humana, ya que en la naturaleza no existen conflictos. Igualmente, un conflicto puede existir entre opciones de una misma persona (conflicto interno) y no necesariamente entre dos adversarios distintos (conflicto externo).
Tras la II Guerra Mundial se dio un gran impulso al estudio del fenómeno antropológico, social económico y político de la guerra, y se fueron modelando distintas teorías que tienen entre uno de sus capítulos la intervención de terceros. Estos dieron paso a la llamada mediación/transformación/resolución de conflictos como la participación de una tercera persona que promueva la conciliación y el acuerdo autodeterminado por las partes en desavenencia.
A grandes rasgos existen tres enfoques para abordar los conflictos:2
  1. Enfoque jurídico-moral o normativo. Trata de abordar el conflicto aplicando una serie de normas jurídicas o morales. Es útil cuando existe un consenso básico entre las partes sobre esas normas y lo que se discute es la aplicabilidad de estas en el caso concreto. Cuando la divergencia predomina sobre el consenso, el enfoque normativo necesita de la fuerza para mantener zanjado el conflicto.
  2. La negociación o regateo coercitivo. El conflicto se considera omnipresente, ya que se presupone que se debe a una tendencia a dominar, inherente al individuo en sociedad, o imputable al menos a la escasez material. Las relaciones sociales son una pugna entre dominantes y dominados, por lo que el conflicto solo puede zanjarse o arreglarse, pero no resolverse.
  3. Resolución de conflictos. Se entiende una situación en que las partes establecen unas relaciones, sin temor, que resultan aceptables para todos según sus preferencias individuales. Además estas relaciones deben reflejar un perfecto conocimiento que elimine el riesgo de que la violencia estructural convierta a una de las partes en esclavos felices. Cuando un conflicto queda resuelto la situación se mantienen ya que las partes están satisfechas, es decir el conflicto está resuelto
La resolución de problemas se ha definido como un enfoque no jerárquico, no directivo y que no hace juicios, que da lugar a un proceso de participación en el que todas las partes en un litigio determinan juntas en qué consiste éste, con ayuda de técnicas de apoyo, y llegan a su resolución, de modo que todas ellas se encuentren en una situación en la que puedan aprovechar al máximo la totalidad de sus valores.
La finalidad de la resolución de conflictos es llegar a una solución válida de un conflicto sin pasar por la coerción.

Derechos Humanos

Derechos Humanos

Para comenzar el trabajo, me parece importante hacer una breve reseña acerca de que son los derechos humanos. Y podría decir que son aquellas exigencias que brotan de la propia condición natural del hombre.
Cuando hablamos de la palabra derecho, hacemos hincapié en un poder o facultad de actuar, un permiso para obrar en un determinado sentido o para exigir una conducta de otro sujeto.
Son llamados humanos porque son del hombre, de la persona humana, de cada uno de nosotros. El hombre es el único destinatario de estos derechos. Por ende, reclaman reconocimiento, respetotutela y promoción de parte de todos, y especialmente de la autoridad.
Estos derechos son inherentes a la persona humana, así también son inalienables, imprescriptibles.
No están bajo el comando del poder político, sino que están dirigidos exclusivamente por el hombre.
Así como todos los hombres poseen un derecho, siempre otro hombre o estado deberá asumir una conducta frente a esos derechos, de cumplir con determinadas obligaciones de dar, hacer u omitir.
Mucho tienen que ver los derechos humanos con la democracia. Los Estados donde se los reconoce, respeta, tutela y promueve son democráticos. Y los que no los reconocen son no – democráticos, o bien, autoritarios o totalitarios.
Para que estos derechos humanos puedan realizarse, y reconocerse dentro de un ámbito real, el Estado, debe encontrarse en democracia.
La democracia es la que permite que todos los hombres participen realmente del gobierno de manera activa e igualitaria, cooperando con el reconocimiento, respeto, tutela y promoción de los derechos humanos.
En todos los sistemas donde no existe base de democracia, existen diversas situaciones donde falta equidad y justicia.
En cambio cuando media democracia, el hombre está inserto en una sociedad donde la convivencia es organizada, donde cada ciudadano tiene la garantía de que sus derechos serán respetados y tutelados al igual que él debe respetar a los demás; donde la convivencia es acorde a la dignidad de la persona teniendo en cuenta su libertad y sus derechos humanos.
El Estado cumple un papel fundamental, porque las autoridades deben, además de reconocerlos, ponerlos en práctica dentro de la sociedad, para que puedan desarrollarse en un ambiente próspero.
Evolución Histórica De Los Derechos Humanos
La expresión de "derechos humanos", es de origen reciente. Su formula de inspiración francesa, "derechos del hombre", se remonta a las últimas décadas del siglo XVIII. Pero la idea de una ley o legislador que define y protege los derechos de los hombres es muy antigua.
A saber:
El código de Hammurabi, se protegían con penas desproporcionadamente crueles.
En Roma se los garantizaban solamente al ciudadano romano que eran los únicos que podían formar parte en el gobierno, la administración de la justicia, la elección de funcionarios públicos, etc. A pesar de esto se logró constituir una definición práctica de los derechos del hombre. El derecho romano según fue aplicado en el common law, como el Derecho Civil del continente europeo, ofrece un patrón objetivo para juzgar la conducta desde el punto de vista de los derechos y libertades individuales. Ambos admitieron la concepción moderna de un orden público protector de la dignidad humana.
En Inglaterra se libraron batallas en defensa de los derechos Ingleses, para limitar el poder del Rey. De esta lucha emergen documentos: la Petition of Right de 1628, y el Bill of Rights de 1689.
Las ideas de estos documentos se reflejan luego en las Revoluciones Norteamericanas y Francesas del siglo XVIII:
con la Declaración de Independencia Norteamericana, Declaración de Derechos de Virginia de 1776, Declaración Francesa de los Derechos del hombre y del ciudadano y la Declaración de los Derechos Norteamericana.
El año 1789, específicamente al 26 de Agosto de ese año donde la Asamblea Constituyente Francesa votó por unanimidad un conjunto de principios considerados esenciales en las sociedades humanas y en las que habían de basarse la Constitución Francesa (1791), y después otras muchas constituciones modernas. Tales principios, enunciados en 17 artículos, integran la llamada "Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano".
En cuanto a su contenido político y social no representaban una aportación original, pues su espíritu había sido ya aceptado en Inglaterra en 1689 por Guillermo III, y casi en iguales términos los había sancionado con anterioridad en Estados Unidos el Congreso de Philadelfia. No obstante, la gran repercusión de la Revolución Francesa los universalizó y entraron a formar parte de la conciencia europea como expresión de las aspiraciones democráticas.
Dicha declaración, en sus artículos, establece: la misma política y social de los ciudadanos, el derecho a la libertad, a la propiedad, a la seguridad, a resistir la opresión, el libre ejercicio de los Derechos Naturales, la libertad de palabra y de imprenta... y demás derechos inherentes al hombre.
En esta etapa comienzan a dictarse las constituciones de carácter liberal, que protegían los derechos civiles y políticos, buscaban la protección de las libertades de propiedad, y de vida. Esta etapa es llamada "Derechos de Primera Generación", donde vemos un decaimiento del absolutismo político y monárquico.
Como respuesta a una etapa de crisis de los derechos humanos, por distintas situaciones, entre ellas el comunismo o la revolución Industrial de Inglaterra. Esta etapa se llama "Derechos de Segunda Generación", que son específicamente derechos sociales y económicos, que contenían la esperanza de los hombres de mejorar sus condiciones de vida dentro de la sociedad, en lo económico y en lo cultural, ya que a medida en que otras valoraciones novedosas entran a los conjuntos culturales de las diferentes sociedades, el repertorio de derechos civiles y políticos recibe una reclamación ampliatoria.
Estos derechos deben defenderse, mantenerse, subsistir; pero a la vez hay que añadirles otros.
Estas ideas comienzan a plasmarse en las constituciones de México de 1917 y en la de Alemania de Weimar en 1919.
Los derechos humanos se establecieron en el Derecho internacional a partir de la Segunda Guerra Mundial, y se establecieron documentos destinados a su protección por su importancia y necesidad de respeto.

No Violencia

No Violencia

La no-violencia se sustenta en el valor ético superior, centro de todos los otros valores: el Amor a la Vida, o Biofilia (Fromm). Por eso nos propone y exige un conjunto de formas de relación del ser humano:
1. Consigo mismo: a partir de un amor propio firme, sostenido en el auto respeto y autoestima adecuada, que permite a cada uno reconocerse como un ser diferente, dotado de dignidad inalienable y de derechos y deberes humanos básicos.
2. Con los otros seres humanos: reconocerlos como seres tan valiosos y respetables como uno mismo, merecedores de que se reverencien sus diferencias características y sus derechos inalienables. La relación con los otros se cimenta en la tolerancia, el respeto, la apertura mental, la celebración de la diferencias, la negociación pacífica de las controversias.
3. Con la Naturaleza: asumir la defensa activa de todo lo viviente, y promover en los hechos la preservación equilibrada del entorno natural, fuente material de la vida de todos.
4. Con el Universo: comprender que hay una mente universal, una realidad espiritual que es la fuente de la vida de todos, una realidad sagrada que nos causa y nos envuelve, y constituye la fuerza misma de la vida, a la que cada pueblo le da nombres distintos.
En esas cuatro dimensiones se enraíza la paz entendida como camino de relación con uno mismo y con todo lo viviente, lo cual exige practicar procedimientos y recursos de solución negociada, pacífica, creativa y serena de toda clase de conflictos: personales, interpersonales, familiares, locales, nacionales internacionales y mundiales.
La no- violencia cree en el poder constructivo del amor a la vida y de la sinergia, es decir de la colaboración de los distintos en metas superiores que convienen a la humanidad y a la naturaleza, aprovechando la diversidad de talentos, capacidades recursos y potencialidades de cada quien, para obtener logros colectivos superiores.
La no- violencia cuestiona activamente toda forma de injusticia, opresión, abuso y violencia, y cree firmemente que en el camino de solución de los conflictos, es necesario y posible transformar al adversario en compañero de camino, en vez de verlo como enemigo.
Puede sonar muy utópica la no- violencia, en medio de una humanidad tan proclive a todas las formas posible de violencia y de destrucción mutua que son el pan de cada día.
Pero grandes eventos históricos nos demuestran que no solo es posible y realizable, sino que constituye el único camino de transformación social  que vale la pena intentar, porque arroja los mejores resultados, y provoca la menor cantidad de heridas. La gran diferencia entre la no-violencia y  las revoluciones que usan la fuerza de las armas y el odio como recursos de cambio social y político, radica en una forma de transformación evolutiva, no destructiva, que repudia toda forma de violencia: armada, física, política, verbal, psicológica, etc.

Democracia

Democracia

La democracia es una forma de gobierno del Estado donde el poder es ejercido por el pueblo, mediante mecanismos legítimos de participación en la toma de decisiones políticas.
El mecanismo fundamental de participación de la ciudadanía es el sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, a través del cual elige a sus dirigentes o representantes para un período determinado. Las elecciones se llevan a cabo por los sistemas de mayoría o representación proporcional, o combinación de ambos.
El máximo representante de los ciudadanos en una democracia es quien ejerce el poder ejecutivo, es decir, el presidente del gobierno. No obstante, otros cargos ejecutivos de rango regional o local, lo mismo que cargos legislativos, son también atribuidos democráticamente mediante el voto. En este sentido, la democracia es también el gobierno de las mayorías, pero sin dejar de lado los derechos de los individuos ni desatender a las minorías.
La democracia, como sistema de gobierno, puede existir tanto en un sistema republicano como en uno de carácter monárquico de tipo parlamentario, donde en lugar de la figura de presidente existe la de primer ministro, con atribuciones muy semejantes.
La democracia, por otro lado, puede ser entendida como una doctrina política y una forma de vida en sociedad, y su principal función es el respeto por los derechos humanos, consagrados por la Organización de las Nacionales Unidas, la protección de las libertades civiles y de los derechos individuales, y la igualdad de oportunidades en la participación en la vida política, económica y cultural de la sociedad.
Como democracias son también designados los países que cuentan con esta forma de gobierno: “Las democracias del mundo piden justicia”. La mayoría de las democracias cuentan con una Carta Magna o Ley Suprema como guía para los legisladores y como garantía para los ciudadanos con el objetivo de hacer valer sus derechos y la actuación del gobierno actual.  
El término democracia es extensivo a las comunidades o grupos de personas donde todos los individuos participan en la toma de decisiones: “Aquí se decide qué programa de televisión vamos a ver como en una democracia”.
Tomando en cuenta, lo dicho por Platón y Aristóteles, se puede considerar como democracia al gobierno de la multitud o de la mayoría.
Etimológicamente, la palabra democracia se encuentra en el griego “δημοκρατία” (democratía), y se compone de los términos “δῆμος” (démos), que puede traducirse como ‘pueblo’, y “κράτος” (krátos), que significa ‘poder’.